Regularización Extraordinaria 2026: Qué es y qué supone
El Gobierno de España publicó en el BOE del 15 de abril de 2026 el proceso de regularización extraordinaria para personas en situación irregular con arraigo en el país. Es el proceso de regularización masiva más importante desde el de 2005, con un estimado de 500.000 beneficiarios potenciales en toda España.
En Madrid, la demanda es especialmente alta. La Comunidad de Madrid concentra una gran parte del colectivo elegible — personas que llevan años trabajando y viviendo en la capital sin papeles.
⚠️ FECHA LÍMITE: 30 de junio de 2026. No hay prórroga confirmada. Presentar la solicitud fuera de plazo implica perder la oportunidad.
¿Quién puede regularizarse en Madrid?
- ▸Personas en situación irregular con arraigo demostrable en España
- ▸Sin antecedentes penales graves ni órdenes de expulsión vigentes
- ▸Empadronados en Madrid (acredita residencia)
- ▸Con medios económicos mínimos o contrato laboral firmado
- ▸Nacionales de países con los que España tiene acuerdos de reciprocidad (la mayoría)
Vías de solicitud en Madrid
Existen dos vías para presentar la regularización en Madrid en 2026:
- ▸Vía online (Mercurio): disponible desde el 16 de abril. Requiere certificado digital o Cl@ve.
- ▸Vía presencial: desde el 20 de abril en las oficinas de Julián Camarillo y Moratalaz. Requiere cita previa — la más difícil de conseguir.
Documentación necesaria para la regularización
- ▸Pasaporte en vigor con todas sus páginas
- ▸Certificado de empadronamiento histórico (acredita tiempo en España)
- ▸Certificado de antecedentes penales del país de origen (apostillado)
- ▸Informe de arraigo del ayuntamiento o trabajador social
- ▸Contrato laboral en vigor (mínimo 30 horas/semana) o acreditación de medios económicos
- ▸Formulario oficial del proceso extraordinario 2026
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